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| Trabajo Infantil |
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Declaración
de Empresas Argentinas contra el Trabajo Infantil |
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OFICINA INTERNACIONAL
DEL TRABAJO
Oficina de la OIT en Argentina |
Considerando:
| (a) |
Que persiste
una importante porción de nuestra comunidad
en situación de pobreza y que, al mismo tiempo,
es fundamental recrear el valor de la cultura del
trabajo en la sociedad argentina como fuente de generación
de ingresos y desarrollo de cada habitante de nuestro
país; |
| (b) |
Que es deber de las
empresas e instituciones reunidas aquí hoy,
propender por la vigencia y el respeto de los valores éticos
dentro de la comunidad empresarial y de la sociedad
argentina en general; |
| (c) |
Que entre estos valores
figuran prominentemente la promoción de la educación,
la salud, la recreación, y el desarrollo físico,
mental, espiritual y moral de los niños y de
las niñas; |
| (d) |
Que para asegurar
la efectiva y amplia promoción de estos valores
es necesario, entre otras acciones, prevenir y erradicar
el trabajo infantil por debajo de la edad mínima
de admisión al empleo, acorde con la legislación
nacional Argentina y en el marco del convenio 138 de
la Organización Internacional del Trabajo; |
| (e) |
Que el trabajo infantil
tiene como una de sus causas la pobreza, pero que también
perpetúa la existencia de la misma al impedir
que los niños y las niñas reciban una
educación adecuada y, como consecuencia, en
su edad adulta les impida acceder a una mejor condición
laboral y social en un mundo que exige cada vez más
personal calificado; |
| (f) |
Que en cualquier
esfuerzo para eliminar el trabajo infantil, hay que
tener en cuenta sus causas sociales, económicas
y culturales; y que la familia es el núcleo
fundamental para la formación y educación
en los valores; y el lugar natural para el desarrollo
de los niños y las niñas es la escuela; |
| (g) |
Que a pesar de las
dificultades para precisar la magnitud del problema,
estudios recientes indican que existen alrededor de
1.500.000 niños/niñas trabajadores en
nuestro país, y esto demanda una acción
concertada y rápida |
Declaran:
- Que sus adherentes no vinculan ni vincularán
laboralmente personas por debajo de la edad mínima
de admisión al empleo.
- Que sus adherentes velan porque las personas con quienes
contratan, tales como proveedores, clientes, distribuidores,
agentes, subcontratistas, etc., no tengan vínculos
laborales con personas por debajo de la edad mínima
de admisión al empleo.
- Que este grupo de empresas e instituciones continuará aunando
esfuerzos con el propósito de prevenir y erradicar
el trabajo infantil en todos los sectores de la economía
argentina, así como en el diseño y puesta
en marcha de programas de educación, capacitación,
salud y recreación.
- Que este grupo invita a otras empresas e instituciones
a unirse a esta declaración para prevenir y erradicar
el trabajo infantil en Argentina.
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